Cómo rellenar tasa modelo 790 código 012 paso a paso

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¿Quieres saber cómo rellenar la tasa del modelo 790, código 012? En este artículo, hemos recopilado información para contarte paso a paso qué es lo que tienes que hacer para completarla. 

Para empezar, si no lo has hecho ya, ve a la página oficial de la Policía Nacional, donde encontrarás el modelo 790 código 012 y clica en "Rellenar formulario y descargar".

Ahora, volvamos al tema. Esto es lo que tendrás que rellenar:

1. Identificación

Empecemos ahora con la primera parte, la de identificación.

Esta parte es relativamente sencilla si has rellenado antes otros formularios. No obstante, aquí va una explicación detallada:

  1. N.I.F./N.I.E.: Aquí debes escribir tu Número de Identificación Fiscal si eres ciudadano español o tu Número de Identidad de Extranjero si no lo eres. Es el número que te identifica fiscalmente.

  2. Apellidos y nombre o razón social: Si eres una persona física, debes introducir tus apellidos seguidos de tu nombre. Si estás rellenando el formulario en nombre de una empresa o entidad, debes poner el nombre completo de la misma.

  3. Domicilio:

    • Tipo de vía: Selecciona el tipo de vía donde resides. Puede ser calle, plaza, avenida, etc.

    • Nombre de la vía pública: Escribe el nombre completo de la calle, plaza o avenida donde vives.

    • Núm.: Indica el número de la vivienda o local.

    • Escalera: En caso de que tu edificio tenga varias escaleras, indica cuál corresponde a tu domicilio.

    • Piso: Aquí debes poner el piso de tu vivienda.

    • Puerta: Si tu piso tiene una letra o número de puerta, escríbelo aquí.

    • Teléfono: Un número de contacto, preferentemente móvil.

  4. Municipio: Escribe el nombre del municipio donde resides.

  5. Provincia: Indica la provincia a la que pertenece tu municipio.

  6. Código Postal: Es el código postal de la zona donde vives.

Sigamos ahora con las demás secciones.

2. Autoliquidación

Esta es, quizás, la parte más compleja del formulario y donde mucha gente se pierde. Lo vamos a dividir por secciones.

Principal o complementaria

En primer lugar, te encontrarás con una sección similar a esta.

La autoliquidación es un proceso que está ahora presente en muchos formularios, y que consiste en que es el propio usuario quien indica la cantidad a pagar. Esto está configurado de esta manera para permitir diferentes tipos de trámite con un mismo formulario.

En este caso, te encuentras varias opciones:

  1. Autoliquidación:

    • Principal: La marcarás si es la primera vez que presentas la autoliquidación para un trámite específico.

    • Complementaria: La seleccionarás si ya has realizado una autoliquidación previa para el mismo trámite y necesitas hacer una corrección o añadir un pago adicional. Esto puede ocurrir si, por ejemplo, te diste cuenta de que cometiste un error en el cálculo inicial o si las tasas han cambiado.

  2. Num. Justificante:

    • Si estás haciendo una autoliquidación complementaria, debes indicar aquí el número de justificante de la autoliquidación principal previa. Este número suele encontrarse en el recibo o comprobante de la liquidación original y es necesario para asociar ambos pagos.

  3. Importe:

    • Aquí debes indicar la cantidad exacta que estás pagando con la autoliquidación complementaria.

    • El campo del importe normalmente tiene dos partes: la parte entera y la decimal, separadas por una coma. Asegúrate de colocar las cantidades en los espacios correctos.

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Ahora, sigamos. Luego de este recuadro, te encontrarás con una serie de opciones, que te describimos a continuación.

Elegir el tipo de tramitación

Ahora, te encontrarás con un montón de opciones entre las que elegir. Aunque verás muchos recuadros, solo podrás escoger una. Asegúrate de que la opción que seleccionas se adecua a lo que necesitas.

Te las resumimos:

  1. Tramitación de autorizaciones para la prórroga de la estancia en España:

    • Prórroga de estancia de corta duración sin visado: Se refiere al trámite para extender la estancia en España de aquellos que no requieren visado y están en el país por un periodo corto. El importe a pagar varía dependiendo de los días adicionales que se deseen permanecer.

    • Prórroga de estancia de corta duración con visado: Similar al anterior, pero en este caso para personas que sí entraron al país con un visado y buscan extender su estancia por un tiempo corto.

  2. Tramitación de autorizaciones para residir en España:

    • Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales: Esto incluye situaciones como protección internacional, colaboración con autoridades en casos de seguridad nacional o lucha contra redes organizadas.

    • Tramitación de autorización de residencia y trabajo de víctimas de la trata de seres humanos: Proceso específico para otorgar permiso de residencia y trabajo a quienes han sido identificadas como víctimas de trata.

  3. Tarjetas de identidad de extranjeros (TIE) y certificados de registro de residentes comunitarios: Detalla los diferentes tipos de TIE que se pueden solicitar o renovar, así como los certificados de registro para residentes de la Unión Europea y sus familiares.

  4. Documentos de identidad y títulos o documentos de viaje a extranjeros indocumentados y otros documentos: Enumera varios documentos que se pueden solicitar, como los destinados a refugiados, apátridas, o aquellos con protección subsidiaria, y otros documentos de viaje especiales o autorizaciones de regreso.

  5. Tramitación de la solicitud de autorización o visado de tránsito en frontera y de visado de estancia en frontera: Refiere a las solicitudes para obtener visados de tránsito o de estancia para quienes necesiten entrar en España por un periodo breve, incluyendo menores de edad y personas de países con acuerdos especiales de visado con la Unión Europea.

Declarante

Aquí te encontrarás dos campos: Localidad y Fecha

En Localidad tendrás que introducir la ciudad o pueblo de residencia actual, donde estás viviendo al hacer la declaración. Por ejemplo, si vives en Barcelona, escribe "Barcelona".

En Fecha tienes que poner qué día es hoy, en el momento en el que estás rellenando el formulario. Normalmente, esto ya viene predefinido correctamente.

Ingreso

Aquí es donde aparecerá el importe que tendrás que pagar para hacer el trámite. Este importe se decide automáticamente en función de la opción de tramitación que has elegido más arriba.

Luego, hay dos datos más a tener en cuenta:

  • Forma de pago: Debes seleccionar cómo vas a efectuar el pago. Las opciones son:

    • En efectivo: Si vas a pagar el importe en metálico, en el banco.

    • E.C. Adeudo en cuenta: Significa "Esto Conlleva Adeudo en cuenta", es decir, que autorizas un cargo directo a tu cuenta bancaria para efectuar el pago.

  • Código IBAN de la cuenta: Si has seleccionado el adeudo en cuenta como forma de pago, debes proporcionar el código IBAN de la cuenta bancaria desde la cual se realizará el cargo.

Muchas de las personas que se presentan a los exámenes PCE y a diferentes opos necesitan pagar esta tasa. Esperamos que te haya sido útil.

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Para acabar el formulario, solo tendrás que resolver un captcha (escribir los números y letras que salen en la imagen de la izquierda) y ya podrás clicar en "Descargar impreso rellenado".

Una vez tengas rellenada la tasa 790 código 012, haz los trámites que toquen para hacer llegar este documento a las entidades que lo necesitan. Recuerda mandar una copia firmada por ti.

Esperamos que tengas mucho éxito en tus trámites, y recuerda que en nuestra academia online de oposiciones te ayudaremos a sacar el MÁXIMO partido de tu tiempo, estudiando con técnicas de estudio, para que revientes tus exámenes PCE o tus opos.  

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