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Temario de Sanidad: Qué entra en las oposiciones

Temario de Sanidad: Qué entra en las oposiciones

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Una de las primeras preguntas cuando alguien decide opositar a Sanidad es de las más sensatas: "¿y qué tengo que estudiarme exactamente?". La respuesta corta es que no existe un temario único, porque cada categoría y cada comunidad publica el suyo. Pero la respuesta útil es que, por debajo de esa variedad, hay un bloque de normativa que se repite una y otra vez en casi todas las convocatorias. Conocer ese tronco te permite empezar a estudiar hoy aunque todavía no sepas a qué servicio de salud te vas a presentar.

En esta guía desglosamos cómo se estructura el temario de las oposiciones de Sanidad, qué leyes forman la parte común, qué datos concretos caen del Estatuto Marco (que es, con diferencia, el tema más repetido), qué cambia según tu comunidad y tu categoría, y cómo atacarlo con cabeza.

Cómo se estructura el temario de Sanidad

Casi todas las convocatorias de personal estatutario organizan su programa en tres capas:

  • Parte común estatal: normativa básica que comparten todos los servicios de salud. Es el grueso transferible entre comunidades y, normalmente, lo que más pesa.

  • Parte común autonómica: el Estatuto de Autonomía de tu comunidad y su ley de salud autonómica, además de la organización de su servicio de salud.

  • Parte específica de la categoría: los temas propios del puesto (las funciones del celador, los cuidados de la persona en el técnico en cuidados auxiliares de enfermería, la gestión administrativa, etc.).

Que el acceso se haga como personal estatutario marca el contenido de toda la parte común, y su régimen está en la Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.

La parte común: la normativa que se repite en toda España

Aunque cada convocatoria tiene su redacción, la parte común suele construirse sobre un conjunto de normas muy reconocible. Estas son las que con más frecuencia integran el temario común de Sanidad, todas consultables en su versión vigente en el BOE:

  • La Constitución Española de 1978, en especial los derechos fundamentales y el artículo 43, que reconoce el derecho a la protección de la salud.

  • La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que articula el sistema sanitario público.

  • La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.

  • La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (consentimiento informado, historia clínica, confidencialidad).

  • La Ley 55/2003, del Estatuto Marco del personal estatutario.

  • La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, citada expresamente por el propio Estatuto Marco como derecho del personal.

  • La normativa de protección de datos: el Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.

  • La normativa de igualdad y violencia de género: la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.

Para las categorías sanitarias tituladas aparece también, con frecuencia, la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

El Estatuto Marco por dentro: los datos que más se preguntan

Si solo pudieras dominar un tema de la parte común, sería este. El Estatuto Marco (Ley 55/2003) es la columna vertebral del temario y el que más "preguntas de dato" genera. Estos son los puntos concretos que conviene llevar fijados.

Clasificación del personal estatutario (artículos 5 a 7)

El personal se clasifica según la función, el nivel del título y el tipo de nombramiento, y se divide en dos grandes grupos:

  • Personal estatutario sanitario (artículo 6): de formación universitaria (licenciados con título de especialista, licenciados sanitarios, diplomados con título de especialista y diplomados sanitarios) y de formación profesional (técnicos superiores y técnicos).

  • Personal estatutario de gestión y servicios (artículo 7): de formación universitaria, de formación profesional y "otro personal", esto es, categorías en las que se exige la certificación de la ESO o título o certificado equivalente (aquí encaja, por ejemplo, el celador).

Tipos de vínculo (artículos 8 a 9 bis)

  • Fijo (artículo 8): nombramiento permanente tras superar el proceso selectivo.

  • Temporal (artículo 9): interinidad por vacante (máximo tres años), por programas temporales (máximo tres años) o por exceso o acumulación de tareas (máximo nueve meses dentro de un periodo de dieciocho).

  • Sustituto (artículo 9 bis): para cubrir ausencias con reserva de plaza.

Derechos y deberes (artículos 17 a 19)

Entre los derechos está la estabilidad en el empleo, la formación continuada, la protección en seguridad y salud (con remisión a la Ley 31/1995), la movilidad y la promoción interna, y el encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social (artículo 17.1.i). En lo colectivo, la libre sindicación, la negociación colectiva y la huelga, garantizando los servicios esenciales. Entre los deberes (artículo 19): respetar la Constitución y el Estatuto de Autonomía, mantener la confidencialidad, cumplir el régimen de incompatibilidades y ser identificado por nombre y categoría ante los usuarios.

Acceso y selección (artículos 29 a 31)

La provisión se rige, mediante convocatoria pública, por los principios de igualdad, mérito, capacidad y competencia. Para participar (artículo 30.5) hay que reunir: nacionalidad española o de la UE/EEE, la titulación exigida, capacidad funcional, tener cumplidos 18 años y no haber sido separado del servicio. Se reserva un cupo no inferior al 5% de plazas para personas con discapacidad (artículo 30.6). El sistema general de selección es el concurso-oposición (artículo 31).

Retribuciones (artículos 42 a 44)

El sueldo se compone de retribuciones básicas y complementarias:

  • Básicas: el sueldo asignado a la categoría según el título, los trienios (por cada tres años de servicio) y dos pagas extraordinarias al año (preferentemente junio y diciembre).

  • Complementarias: complemento de destino (que se abona en 14 pagas), complemento específico (por dificultad técnica, dedicación, responsabilidad, peligrosidad o penosidad), complemento de productividad, complemento de atención continuada y complemento de carrera.

El personal temporal percibe todas las retribuciones que correspondan a su nombramiento salvo los trienios (artículo 44).

Jornada de trabajo (artículos 48 a 49)

La duración máxima conjunta de la jornada ordinaria y la complementaria es de 48 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo semestral. Cuando se aplica la jornada especial, los excesos tienen un límite de 150 horas al año (artículo 49) y requieren el consentimiento individual y por escrito del trabajador.

Carrera profesional y jubilación (artículos 40 y 26)

La carrera profesional (artículo 40) reconoce el derecho a progresar de forma individualizada. La jubilación forzosa se declara a los 65 años, con posibilidad de prolongar la permanencia en servicio activo hasta los 70 si se acredita la capacidad funcional y lo autoriza el servicio de salud (artículo 26).

Régimen disciplinario (artículos 72 a 73)

Las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves. Entre las muy graves figuran el incumplimiento del deber de respeto a la Constitución o al Estatuto de Autonomía, el abandono del servicio, el quebranto de la confidencialidad de los datos del paciente o el incumplimiento de los servicios esenciales en huelga. Las sanciones van desde el apercibimiento (faltas leves) hasta la separación del servicio (solo muy graves, que conlleva no poder concurrir a procesos selectivos durante seis años), pasando por la suspensión de funciones y el traslado forzoso. Las sanciones prescriben a los cuatro años (muy graves), dos años (graves) y seis meses (leves).

La parte autonómica: lo que cambia según tu comunidad

Aquí es donde el temario deja de ser idéntico. Cada servicio de salud incorpora su propia capa: el Estatuto de Autonomía de la comunidad, su ley de salud autonómica y la organización y funciones de su servicio de salud. Por ejemplo, quien opta a una plaza en Andalucía estudiará el Estatuto de Autonomía para Andalucía y la Ley de Salud de Andalucía (lo desglosamos en la guía de las oposiciones del SAS), mientras que en la Comunidad Valenciana serán sus equivalentes. Esta parte suele ser menor en volumen que la común, y la fuente fiable son las bases de la convocatoria y el boletín oficial de tu comunidad.

La parte específica: según la categoría

El tercer bloque depende del puesto, y es donde más conviene tener clara tu categoría antes de planificar el estudio (en la guía de la Academia de Sanidad repasamos las salidas y cómo encaja cada perfil). A modo de orientación: en celador, el peso recae en las funciones propias del puesto (traslado de pacientes y documentación, vigilancia, apoyo al personal sanitario) y la organización de los centros; en el técnico en cuidados auxiliares de enfermería, en los cuidados básicos, la higiene y la atención a la persona; y en las categorías administrativas, en el derecho administrativo y el procedimiento. El detalle exacto lo fija la convocatoria de tu categoría.

Cuántos temas tiene cada oposición de Sanidad

El tamaño del temario cambia bastante según la categoría, y conviene tenerlo claro antes de elegir. Tomando como referencia las oposiciones más accesibles (las que no exigen carrera universitaria), el patrón general es este:

  • Celador: temario corto, en torno a 15-27 temas según comunidad. Un bloque común (Constitución, normativa sanitaria básica, Estatuto Marco) y otro específico de las funciones del puesto (traslado de pacientes, quirófanos, etc.).

  • Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (TCAE): alrededor de 25-30 temas. El mismo bloque común y una parte específica más técnica (alimentación, cuidados del paciente, esterilización, salud mental…).

  • Auxiliar administrativo sanitario: en torno a 25-30 temas, con una parte legislativa amplia, otra específica de sanidad y, a veces, ofimática (Word, Excel, sistemas informáticos sanitarios).

  • Administrativo sanitario: el más extenso, 30-40 temas, con esa misma estructura y mayor peso de la parte jurídica.

Fíjate en un detalle clave: el bloque común se repite en todas las categorías. Ese es el núcleo transferible que más rinde estudiar primero, y la razón de que preparar una oposición de Sanidad te acerque mucho a poder presentarte a otras. Lo explicamos con ejemplos en este vídeo:

Cómo estudiar el temario sin perderte

  1. Arranca por el tronco común estatal. Constitución, Estatuto Marco, Ley General de Sanidad y Ley 41/2002. Es lo que más cae y lo que te sirve aunque cambies de comunidad o categoría.

  2. Suma prevención de riesgos, protección de datos e igualdad. Bloques transversales que dan puntos "seguros" si los llevas bien.

  3. Incorpora la parte autonómica en cuanto sepas tu comunidad, cruzándola con el programa oficial.

  4. Cierra con la parte específica de tu categoría.

  5. Convierte cada tema en test. Se pregunta mucho dato concreto (artículos, plazos, cuantías como las 48 horas o los plazos de prescripción), así que el test es la mejor herramienta para fijarlo y detectar lagunas.

Qué puede hacer Formación Ninja por ti (y cómo)

Toda esta estructura explica por qué una preparación de alcance nacional encaja tan bien en Sanidad: el grueso del temario es común a toda España. En Formación Ninja lo trabajamos así:

  • Clases sobre el BOE, no sobre resúmenes. El Estatuto Marco, la Ley General de Sanidad, la autonomía del paciente o la prevención de riesgos se explican sobre la norma vigente, que es de donde salen las preguntas.

  • Plataforma de test ilimitada, organizada por temas y niveles de dificultad, ideal para fijar el dato fino (plazos, cuantías, clasificaciones) que tanto cae en estas oposiciones. También incluye preguntas de contenidos autonómicos para practicarlos.

  • Técnicas de memorización aplicadas en clase, porque el examen premia recordar el artículo y el número exacto.

  • Ranking mensual y seguimiento de tu progreso, para saber tu nivel real y no estudiar a ciegas. Puedes ver resultados de alumnos y opiniones.

  • Si quieres ir un paso más allá, el plan Élite añade recursos avanzados para afinar la nota.

La parte autonómica de nuestra preparación es genérica, así que algunos contenidos muy locales tendrás que completarlos con el programa de tu convocatoria; buena parte ya la tienes para practicar en los test y ampliamos contenidos de forma continua. Puedes ver el método sin pagar en el canal de YouTube, revisar todas las oposiciones y los planes y precios, o escribirnos para tu caso desde contacto.

Preguntas frecuentes (FAQs)

¿Hay un temario único de Sanidad para toda España?

No. Cada categoría y cada servicio de salud autonómico publica su propio temario en la convocatoria. Lo que sí existe es una parte común muy estable que se repite en casi todas, con el Estatuto Marco como tema central.

¿Qué temas del Estatuto Marco caen más?

La clasificación del personal, los tipos de nombramiento, los derechos y deberes, el acceso (requisitos y concurso-oposición), las retribuciones (básicas y complementarias), la jornada (48 horas de promedio en cómputo semestral) y el régimen disciplinario (faltas y plazos de prescripción).

¿Qué leyes conviene empezar a estudiar ya?

El tronco común: Constitución, Estatuto Marco, Ley 14/1986 General de Sanidad y Ley 41/2002, además de prevención de riesgos, protección de datos e igualdad. Todas están en el BOE en su versión vigente.

¿Dónde encuentro el temario oficial de mi oposición?

En las bases de la convocatoria, publicadas en el boletín oficial correspondiente (el BOE o el diario oficial de tu comunidad). Cualquier listado que no proceda de ahí debe tratarse como orientativo.

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